EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, relativo al procedimiento nulidad 170/2011.

Publicado el 12/02/2013 (Nº 30)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE TERUEL
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Texto completo:

En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia de fecha 26-11-2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Primero.- Que estimando la demanda interpuesta por el procurador D. Carlos García Dobón, en nombre y representación de D. Eladio Casino Esparza contra D.ª Loeine Correira de Souza, debo declarar y declaro que en la celebración de matrimonio, celebrado entre ambos en la localidad de Teruel en fecha 13 de noviembre de 2009, no hubo consentimiento matrimonial válido por parte de D.ª Loeine Correira de Souza.

Segundo.- Consecuencia de lo anterior, debo declarar y declaro la nulidad del matrimonio celebrado entre D. Eladio Casino Esparza y D.ª Loeine Correira de Souza, en la localidad de Teruel en fecha 13 de noviembre de 2009.

Tercero.- No ha lugar a pronunciarse sobre las costas.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes al en que se notifique, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, con cita de la resolución apelada y con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Una vez firme la presente resolución, remítase testimonio de ella al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio, dejándose constancia por anotación marginal, para que produzca los efectos que le son propios a la misma. Por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Magistrado Juez Juan José Cortés Hidalgo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Loiene Correira de Souza, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación".

Teruel, 3 de diciembre de 2012.- El/la Secretario/a judicial.